ESTRATEGIAS PARA PROMOVER Y POSICIONAR SERVICIOS DE SALUD
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20/10/2022Ampliación del plazo para registrar el plan de visitas de verificación de Habilitación
Resolución 1719 de septiembre 20 de 2022
La resolución está compuesta por 1 artículo y un parágrafo transitorio, y contiene información relevante para las instituciones prestadoras de servicios de salud en cuanto a los plazos para el inicio y planeación de visitas de verificación del cumplimento de requisitos de habilitación de Servicios – Resolución 3100 de 2019.
A continuación un resumen del contenido de la resolución:
Artículo No 1:
Modifica el artículo 17 de la resolución 3100 de 2019, (Requisitos de habilitación de prestadores de servicios de salud) y la resolución 1138 de 2022
Para verificar el cumplimiento de las condiciones de habilitación, las Secretarías de salud departamentales, deben registrar un plan anual de visitas a los prestadores de servicios de salud.
Plazo máximo para formulación del plan: 30 noviembre de cada año.
Plazo para Inscripción del plan en el REPS: 20 de diciembre de cada año.
Priorización de la visitas de verificación:
Orden de prioridad para la realización de visitas de verificación:
- Servicios que defina el ministerio de salud y protección social.
- Servicios oncológicos habilitados.
- Servicios oncológicos con novedad de apertura, reactivación, o traslado.
- Prestadores que no han tenido visitas desde su inscripción.
- Servicios para atención del parto no visitados en los últimos cuatro años.
- Prestadores con servicios quirúrgicos de cirugía plástica y estética.
- Prestadores en proceso de acreditación que no cuenten con certificado de habilitación.
- Prestadores de servicios que se postulan para conformar organizaciones funcionales y requieran certificado de habilitación no mayor a un año.
- Las demás visitas que la Secretaría de salud departamental definen en ejercicio de sus funciones
Con cuanto tiempo de antelación se programan visitas de verificación?
Las visitas se deben comunicar con mínimo un día hábil de antelación
El plan anual definido no excluye la posibilidad de realizar las visitas de verificación necesarias para garantizar adecuada atención a la población
Y para la Instituciones Acreditadas o en Proceso de Acreditación?
Las entidades acreditadas no requieren visita de verificación durante el periodo que dure la acreditación, a menos que realicen apertura de servicios como urgencias, Oncología, alta complejidad, la atención del parto o transporte asistencia.
Periodo de Transición:
El Parágrafo transitorio de la resolución indica que las Secretarías de salud departamentales tienen hasta el 30 de junio de 2023 para registrar el plan de visitas de verificación de 2023. Este plan, se ejecutará el segundo semestre de 2023, a partir del 1 de julio.
Los planes de visitas de verificación registrados a 31 de agosto de 2022, quedan sin efecto.
Las instituciones que hasta el 1 de julio de 2023, soliciten visita de verificación de estándares de acreditación, podrán presentar la certificación de habilitación expedida previamente de acuerdo a la resolución 2003 de 2014.
Presentación-Plazos-Habilitacion-3100
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